Resumen y Motivo

EXPOSICION

La idea de la creación de esta página, surge de la imperiosa nececesidad de poner a conocimiento del público en general el caudal probatorio, producido en el expediente que investigó el magnicidio, sobre todo, teniendo en cuenta la confusión creada por Oviedo y sus adherentes, con el apoyo de ciertos medios de prensa, quienes deliberadamente apoyaron la campaña de los oviedistas para embarrar la cancha, vaya a saber con qué motivo; como así también, la falta de publicidad de las resoluciones recaídas y de las pruebas producidas en el expediente caratulado "LINO CESAR OVIEDO Y OTROS SOBRE HOMICIDIO DOLOSO Y LESION GRAVE EN CAPITAL"g


Otra circunstancia, realmente indignante, que igualmente generó la necesidad de hacer este trabajo, es el hecho de que exista en la página web de Lino César Oviedo y en la página web de la Coordinadora de Presos y Perseguidos Políticos del Paraguay (asociación creada por Fabiola Oviedo, hija de Lino Oviedo, Darsy de Woroniecki y Carmen Rodríguez de Arias, esposa del ministro del interior del Gobierno de Cubas, Rubén Arias Mendoza), afirmaciones falsas y fotografías que no son las del expediente, muchas de ellas evidentemente trucadas.


Lamentablemente, con el gran apoyo de ciertos medios de comunicación, éstos consiguen embarrar la cancha, por lo que la discusión se trasladó a otros temas, ignorándose el abundante y contundente caudal probatorio producido,  muy poco publicitado, por lo que no llegó a conocerse la verdad real del expediente, para que cada cual forme su opinión a partir de ella.


Las falsas versiones, surgieron desde un principio (murió de cáncer, murió para que sus herederos pudiesen cobrar un seguro de vida, desnucado en la casa de una amante; etc. etc.) y se agudizaron coincidentemente con el anuncio del regreso al Paraguay  de Lino César Oviedo Silva.  (En la sección  resoluciones de la página,  se expone el resultado de la investigación judicial, con relación a todas estas versiones, y de las cuales se desprende que fueron falsas; asimismo, por medio de documentos del expediente levantados en la página, se prueba, que fueron elaboradas e instaladas por personas del primer anillo de Lino César Oviedo Silva).


Otro elemento que creó confusión, fue que al inicio de la investigación se cometieron errores, por impresiciones de testigos,  y por datos que aportaban algunas personas tal vez bien intencionadas y otras no, que indujeron a seguir pistas equivocadas. (Esto  sucedió en la investigación del magnicidio, y sucede en muchos casos, como por ejemplo en las investigaciones de  secuestros, en donde mucha gente llama, incluso algunos testifican, y los datos que proporcionan son inexactos y llevan a errores).-


Por ejemplo, se imputó a personas que resultaron no tener nada que ver con el hecho, por el notable parecido que presentaban éstas con los identikits elaborados por la policia,  a partir de los datos fisicos que describieron los testigos oculares del hecho, en relación a los que finalmente resultaron ser los sicarios que cometieron el hecho y que hoy están condenados; entre ellos encontramos, que el magnicida Luis Alberto Rojas es muy parecido al conocido delincuente Coco Villar (con pelo corto)  que había asesinado a policías  en el pasado, y el notable parecido entre Máximo Osorio, chofer de Lino Oviedo y Pablo Vera Esteche.


La muerte de Coco Villar en un enfrentamiento con la Policía, fue expuesta por la prensa como una quema de archivo  e inducían al público a pensar, que esta muerte se produjo por orden superior para silenciar a Coco Villar.   Para analizar lo sucedido, se debe realizar el siguiente cuestionamiento:  ¿Qué es una quema de archivo? y la respuesta es: se elimina físicamente a alguien que sabe o participó de un hecho, y al tratarse de un crimen cometido por sicarios, obviamente de haber participado del hecho podría proporcionar los nombres de quienes mandaron matar a Luis María Argaña.   Ahora bien, si Coco Villar,  tenía  largo el pelo,  lo que lo descartaba como una de las personas que participaron del atentado, qué podría entonces saber o a quién podría sindicar?  Recordemos que los simples dichos de un procesado no sirven contra otro procesado, y todo lo afirmado por él debe ser integramente corroborado por otros medios de pruebas.  Por tanto, ¿para qué matar a Villar?.   La siguiente pregunta entonces es: ¿Se mató a Coco Villar para inculpar a un inocente?, ¿ y de esa forma dejar impune el hecho?   Se induce al público a que piense que se quería responsabilizar a un inocente y tapar la verdad, de ser así  ¿ Por qué entonces no se le cortó el pelo antes de presentar el cadáver al público? ¿Podrían ser tan torpes? Personas quienes de acuerdo a las versiones publicadas en forma sistemática,  fueron capaces de "armar un complot político" en tan sólo 7 horas, lo que llevó luego al derrocamiento de un gobierno constitucional, (conteste siempre con las versiones)  convertiría a éstos en verdaderos "genios".  De acuerdo a estas publicaciones "miembros de la familia Argaña y políticos allegados consiguieron en pocas horas: 1) comprar el vehículo a ser utilizado, 2)  contratar a los sicarios, 3)  convencer al chofer y al custodio a que se presten a ser baleados y posiblemente morir en dicha farsa,  4) coordinar absolutamente todo, la fuga, la presencia de testigos oculares falsos, las vestimentas a usar por parte de los sicarios, incluso conseguir una granada. Esto en una primera etapa.  De acuerdo a estas versiones en la segunda etapa consiguieron:  1) Que aproximadamente treinta personas se prestaran al fraude, entre ellas todas las personas que estaban esa mañana en el el Sanatorio Americano, y que participaron de la autopsia, médicos, enfermeras, peritos, Jueces, Fiscales, Policias de criminalistica, etc. etc  2) Que las empresas de telefonías celulares falsifiquen registros de llamadas cruzadas de los sicarios entre sí y de éstos con Reinaldo Servín y Víctor Galeano Perrone, como asimismo la comunicación de éstos últimos con Lino César Oviedo Silva. La pregunta que se hace uno es la siguiente ¿si estando fuera del poder, supuestamente los Argaña y las personas "compradas por ellos", lograron derrocar a un gobierno con la bien montada farsa que supuestamente armaron?, y sobre todo, ¿cómo es que estando ya en el poder cometieron la torpeza de no cortar el pelo a Coco Villar, antes de presentar su cadáver ante la sociedad?


Asimismo, la muerte de Gumercindo Aguilar en circunstancias desconocidas, fue presentada al público también como  quema de archivo.    Es importante aclarar, ya que existe una visión equivocada al respecto, que la testifical de Gumercindo Aguilar NO FUE UTILIZADA en la querella instaurada por la viuda de Argaña, (ver escrito de querella levantado en la página) y no FUE SUSTENTO DE NINGUNA CONDENA en la causa ( ver en la sección resoluciones).   Su muerte en principio,  de acuerdo a publicaciones de la época  (que alzamos en la sección publicaciones) lo relacionaban con un hecho ligado al narcotráfico,  y a un ajuste de cuentas entre delincuentes,  para luego girar el rumbo de estas publicaciones,  presentándola como una quema de archivo,  en una campaña de acusaciones a miembros de la familia Argaña, al entonces Fiscal General del Estado, Oscar Latorre, al ex Juez Jorge Bogarin, al fiscal Marcos Alcaraz, a Juan Ernesto Villamayor, y otros políticos más.  En la causa, que investiga el homicidio de Gumercindo Aguilar, Ladislaa Medina  viuda de Aguilar,  en la llamada rueda de reconocimiento de personas, en la que se coloca en fila a los sospechosos con otras personas parecidas, no reconoció a los uniformados que dijo ante la Fiscal y la prensa que habían ido a buscar a su marido el día de su muerte.  Ante el Ministerio Público se presentó una mujer llamada Marta Rodriguez Arce, quién dijo ser pareja -en la época de su declaración- de Antonio Benítez, - hermano de Ladislaa Medina-  refiriendo las circunstancias en que murió Aguilar, - según la testigo - fue su pareja, Antonio Bénitez,  hermano de Ladislaa, quién  perpetró el crimen como venganza por haber, Gumercindo Aguilar, proporcionado  informe a la policía sobre un asalto. ( Esta declaración se halla en la sección  declaraciones)  Actualmente Ladislaa Medina se encuentra procesada por tráfico de estupefacientes.- (Buscar este dato en la sección publicaciones,  asimismo en dicha sección encontrarán referencias documentadas,  con relación a otros "testigos" presentados por la defensa, entre los que se encuentra chileno Eduardo Avilés Llambie, empresario ganadero, quién fuera entrenador de "polo" en la caballería en la época en que Lino Oviedo era activo militar. Este fue llevado por Wladimiro Woronieky ante la Escribana Carmen Rodriguez de Arias para realizar un Acta de manifestación, con relación al caso Argaña y realizó declaraciones ante la Revista Esto Es Paraguay.  Este testigo al declarar ante el Tribunal de Apelaciones cayó en graves contradicciones,  - ver A. y S. Nro. 58 en la sección resoluciones -   célebre por haber remitido un mail alentando a la formación de grupos particulares o parmilitares al margen de la ley, en el año 2008, época en que la prensa público asimismo su supuesta participación en un crimen en su país de origen, alzamos las publicaciones para que sean corroboradas)


Al respecto, cabe acotar que existen versiones de que Argaña murió en otras circunstancias, entre ellas que 1) Murió de cáncer (la versión fue investigada dentro de la causa,  se solicitó la historia clinica del Dr. Argaña, se comprobó que se encontraba en perfecto estado de salud al momento de ser asesinado por sicarios, el día  23 de marzo de 1999, ver historia clíinca del Dr. Argaña en la sección de actas y declaraciones); asimismo,  se alzan publicaciones de abc, versiones dadas por Máx Narvaez, uno de los abogados de Lino Oviedo y la versión del propio Lino Oviedo desde Brasilia- año 1999. (Es llamativo y hasta sugestivo el interés demostrado por Oviedo en embarrar la cancha).  


2) Lo mataron para cobrar un seguro de vida (se alza publicación de ABC Color al respecto, versión lanzada por el abogado Benjamín Riveros), se investigó en la causa, resultando un absurdo total la mencionada vesión, dado que, entre otras cosas, según se demuestra en el expediente, la misma carece de fundamento, desde el momento en que el seguro es por un monto de poco trascendencia; especificando, se trata del seguro que imponen las casas que expiden tarjeta de crédito.


3) Murió desnucado al caer de la escalera en la casa una amante, con la cual tiene dos hijas. (se alza publicaciones de ABC Color al respecto, versión lanzada en el año 2003,   entrevista a Wladimiro Woronieky - en la cual pretende ligar a Juan Carlos Wasmosy; en dicha entrevista también refieren que Víctor Barrios, único sobreviviente del atentado,  fue chofer de  Icho Planas, - lo cual no es cierto- etc, asimismo se halla la publicación de ABC Color,  entrevista a la Escribana Carmen de Arias y Darsy de Woronieky)  En estas publicaciones, como en presentaciones realizadas por la defensa se atribuye a Icho Planás ser parte del complot que montó una farsa; como elemento llamativo mencionan que supuestamente Icho Planás llegó demasiado rápido al lugar, que hablaba por teléfono sin preocuparse de Argaña, etc.  En tal sentido, en la causa se halla suficientemente aclarado que Icho Planas había conversado minutos previos al atentado con el Dr. Luis María Argaña, que Planás se encontraba en ese momento cerca del centenario, y  por ese motivo llegó rápidamente al lugar del hecho al ser informado por  Elisa Ruíz Díaz, quien le llamó diciendo que por radio decían que atentaron contra Argaña y mencionaban el lugar de los hechos. Por otra parte, es cuestión de fijarse en la sección resoluciones, y ver que la S.D. Nro. 76,  transcribe la declaración del testigo presencial del hecho, el Sr. Hugo Diosnel Delgado, quien manifiesta que: "... la policía llegó más o menos en 15 minutos después del atentado y que Icho Planás llegó diez minutos despues de que llegara la Policía...."  Asimismo, a fs. 101 y 102 de la S.D. 76, se menciona que este testigo refiere textualmente:.... " cuando me acerco a la camioneta, lo primero que hice fue verle al de adelante sentado en el asiento del acompañante, recostado de forma rígida ensangrentado en el rostro. Luego, fijo mi mirada en la persona que estaba en los asientos traseros de la camioneta, específicamente en el lado de atrás del acompañante, quien se encontraba como en cuclillas, recostado por el espacio que existe entre el asiento y la puerta su cabeza, Y VIENDOLE RESPIRAR EN UNA FORMA AGITADA. En ese interín sin saber de quién se trataba..." (..) (Era el Dr. Luis María Argaña quién aún respiraba cuando este testigo se acercó a mirar)   


4) Le dispararon desde adentro, lo mató el custodio y al custodio lo mató el chofer Víctor Barrios. (Versión lanzada por Carlos Mojoli, la que fuera descartada, conforme al acta de levantamiento de evidencias del lugar del hecho, elaborado por  criminalistica de la Policía; al mando en esa època, de Niño Trinidad. Las armas que estaban dentro del vehículo, la del custodio y la del Dr. Argaña no fueron percutidas, su carga de balas estaba completa, (fijarse en la sección Actas, aparte que el informe de criminalistica dictamina que  todas las balas que atravesaron o impactaron en el vehículo, son de afuera para adentro)


5) Murió de un infarto o muerte súbita en un escuentro sexual con otra amante, esta vez le atribuyen una aventura amorosa con la periodista Fabiana Casadío,  aseguran que esa madrugada, la familia Argaña y conocidos políticos montaron una farsa para derrocar al Presidente Ing. Raúl Cubas y tomar el poder.  Estas versión fue lanzada en el año 2004 preparando el retorno de Lino Oviedo al Paraguay,  por la revista "Esto Es Paraguay", lanzamiento exclusivo para nuestro país, que el diario ABC Color reprodujo en forma sistemática, como asimismo se hizo eco de las mismas el programa Zona Franca, emitido por Canal 13.  (Ver en esta página publicación periodistica del año 2008 del semanario CAMBIO 21). En dicha publicación se desnuda la influencia de Lino César Oviedo con poderosos empresarios de la prensa brasileña y políticos de dicho país, tanto es así que Elshiño Mouco apodado el MARKETINERO DEL MAL, Director de la Red de Comunicaciones ....., afirmó que se encargó de la campaña de regreso de Lino Oviedo al Paraguay, y que la relación con el mismo es tan estrecha que sus hijos, a Lino lo llaman "TIO". En relación a la línea seguida por ABC Color, ustedes mismos sacarán conclusiones al comprobar la publicación de imágenes no auténticas, con el slogan de "FOTO OFICIAL DEL CADAVER DE ARGAÑA", induciendo al público a que piense que estas fotos fueron extraídas del expediente).-  La causa se abrió a prueba a pedido de la defensa, no oponiéndose la querella a la apertura a prueba, sobre la base de publicaciones realizadas, primeramente por la revista ESTO ES PARAGUAY, en un lanzamiento exclusivo para Paraguay, investigándose ampliamente, y probándose la falsedad de las declaraciones.- Se probó igualmente que las fotografías utilizadas por la prensa, no eran las originales del expediente, más adelante dentro de la causa se PROBÓ que estas fotografías fueron lanzadas en un CD.-  Utilizando estas versiones de que Argaña murió en otras circunstancias, se realizaron actas de manifestacion de voluntad, por parte de testigos, ante escribanos, quienes pertenecían al primer anillo de Lino Oviedo, profesionales entre los cuales citamos a:  Carmen Rodriguez de Arias, Jorge Miller Donna, Marta Roa. Estos hechos se dieron en el año 2004.   Entre los testigos que concurrieron a dar sus versiones vía acta notarial, encontramos  a LUIS RECASENS MOLINAS, quién dijo haber sido secretario privado del Dr. Luis María Argaña, hecho absolutamente descartado. A VICTOR BARRIOS REY, chofer de Argaña y único sobreviviente del atentado del 23 de marzo de 1999.  Sobre éste último pesan antecedentes, relacionados a varios cambios en su declaración.  Por ejemplo, la primera declaración del mismo, que data del 30 de marzo de 1999, fue prestada estando éste aún internado en el Sanatorio Americano. (Se alzó en esta página, en la sección grabaciones el audio de lo manifestado por radio y por televisión en el año 1999, como asimismo, se levantó el programa D.D.T, en el que se presentó la grabación realizada en el marco de la denuncia  hecha por la Abogada Patricia López Moreira ante el Ministerio Público  contra Víctor Barrios por extorsión, ya que éste solicitó dinero, y que, si no se le daban, accedería al pedido de la contraparte, cambiando su declaración y diria que Luis María Argaña ya estaba muerto cuando lo transportó el día 23 de marzo de 1999).    En dicha grabación también se escucha a la esposa de Víctor Barrios Rey y a los hijos del mismo en entrevista con el periodista Gérman Martinez, en la cual los niños cuentan los progresos económicos repentinos de su padre, y que Barrios había manifestado que se entrevistó con Lino Oviedo en Foz de Yguazú.  (Se alzaron estas publicaciones en la sección correspondiente).  Ya en el año 1999 Víctor Barrios Rey, había manifestado ante la prensa en forma confusa algo parecido, para luego presentar una nota ante el Juez Jorge Bogarín, en la cual explica que recibió oferta ecónomica para decir que Argaña ya estaba muerto y que lo trasladarían ante Lino César Oviedo a la Argentina. (Esta nota, como asimismo su absolución de posiciones, fueron levantadas en la sección declaraciones).   En una causa abierta,  contra Víctor Barrios, por el delito de Bigamia, se prueba la vinculación del mismo con los abogados de Lino César Oviedo, entre otros, Mario Ríos del Puerto, Víctor Sánchez Villagra; En esta causa el propio abogado de Víctor Galeano Perrone,  el abogado Mario Ríos del Puerto había ofrecido CAUCION PERSONAL en favor de Vìctor Barrios Rey, y ello en la misma época en que utilizaron las falsas declaraciones de Barrios Rey en el caso Argaña.    (Se alzaron también en esta página declaraciones prestadas ante el Fiscal Víctor Alfieri, a cargo de la causa, quien investigó el Falso Testimonio de VICTOR BARRIOS REY, (Declararon en esta causa, los médicos intervenientes esa mañana del 23 de marzo en el Sanatorio, la empleada doméstica y el jardinero de la familia Argaña, compañeros de trabajo de Barrios, etc.).-


Entre las llamativas Actas Notariales, presentadas por la Defensa en el caso del Magnicidio, se halla la del camarógrafo Rogelio Eleuterio  Gimenez,  quién filmó minutos despues de lo sucedido, el lugar del atentado. Este había declarado en el año 1999, que en dos oportunidades le ofrecieron 20 mil dólares para que dijera que fue contratado por Juan Carlos Wasmosy, para que fuese esa mañana del 23 de marzo hasta las calles Venezuela y Diagonal Molas, y que el cuerpo del Dr. Argaña mostraba ya rigidez cadavérica y extrema palidez.  Sin embargo, en el año 2004, se traslada desde Ciudad del Este donde reside, hasta Asunción, donde va hasta la Escribania de Jorge Miller Donna y ante éste cambia su declaración original, para luego finalmente ante el Juez Digno Fleitas volver a confirmar que se RATIFICABA en todo lo declarado ante el Juez Jorge Bogarin en el año 1999.-


Es de destacar asimismo que:   


Con posterioridad a esta campaña, se inicia otra en la que aparecieron "testigos" provenientes de Capiibary.  Estos dijeron que Pablo Vera Esteche no podía haber participado del atentado esa mañana del 23 de marzo, por encontrarse a varios kilómetros de distancia, y que ese día (23 de marzo de 1999) lo vieron en Capiibary, jugando voley con sus hermanos.  Estas personas declararon ante el Juez Carlos Ortiz Barrios, a quien manifestaron que conversaron en principio con Max Narváez, (abogado de Lino Oviedo) quién se apersonó junto a ellos en Capiibary y que luego Vidal Villamayor vino hasta Viñas Cue a visitar a Lino Oviedo.  Los testigos al declarar cayeron en tremendas contradicciones entre sí, con relación a los horarios, la vestimenta que llevaba, los rasgos físicos, y las personas que supuestamente estaban con Pablo Vera esa mañana, etc. etc. Ello motivó que la querella realizase una denuncia por falso testimonio a los mismos y se abrió una causa al respecto.-  En dicha causa se produjeron diligencias importantisimas, como por ejemplo, se remitió Oficio a la Telefonica Celular (Está probada la conexión de llamadas entre Pablo Vera, Constantino Rodas, Luis rojas y Fidencio Vega Barrios ese día 23 de marzo, comunicaciones admitidas por los mismos imputados, dando diferentes excusas como motivo de la comunicación) y la empresa de telefonía celular contesta el Oficio comunicando que en el año 1999 NO TENIA ALCANCE LA SEÑAL, en la zona de Capiibary, es decir imposible que Pablo Vera Esteche estando en Capiibary se estuviera comunicando con los demas implicados en el magnicidio.  Asimismo, el reconocimiento de persona que se realizó en el año 1999, diligencia en la cual la Sra. Catalina Olmedo, testigo presencial del atentado, reconoció plenamente a Pablo Vera Esteche como uno de los autores o partícipes del magnicidio.  Por otra parte, fueron llamados a declarar los hemanos de Pablo Vera Esteche, ya que los mismos fueron citados por estos testigos falsos como personas que estuvieron compartiendo con Pablo Vera Esteche esa mañana del 23 de marzo, todos manifestaron que Pablo no estuvo el 23 de marzo en la zona, pero que sí estuvo por la zona en el mes de mayo del año 1999, para el día de la madre.  Lo llamativo entre estas declaraciones fue la de Celino Vera Esteche, quién manifestó que un dirigente colorado de apellido Cristaldo,  oriundo de la Zona de Cnel Oviedo, lo buscó para propornerle que testificara falsamente, diciendo que su hermano no pordría haber cometido el crimen porque se encontraba en la zona de Capiibary el 23 de marzo, y que Lino Oviedo recompensaría muy bien su colaboración, a lo que el se negó rotundamente, para luego enterarse que la misma propuesta había recibido la esposa de Pablo Vera Esteche. En esta misma investigación se solicitó el libro de visitas de la cárcel  de Viñas Cue, en donde se constató que Vidal Villamayor, tiempo antes de venir a declarar en la causa, visitó a Lino César Oviedo en su lugar de reclusión y con el mismo ingresó una persona de apellido Cristaldo. Al ingresar el número de cedula en el padrón nacional del acompañante de Villamayor, se comprobó que pertenece a la zona de Cnel. Oviedo, lo que coincide plenamente con lo manifestado por el hermano de Vera Esteche. Asimismo, todos los testigos falsos pertenecen al partido UNACE, de acuerdo al oficio remitido por Justicia Electoral al Ministerio Público (ver en actas y declaraciones)   Este caso termina con el reconocimento de haber cometido el hecho punible por parte de los testigos, quienes fueron beneficiados con suspensión condicional del procedimiento; y con posterioridad a esta suspensón y una vez que se produjo el giro político denunciado por todos los medios de prensa (acuerdo Nicanor - Oviedo ) el Fiscal Alberto Gonzalez solicita para los demás testigos falsos, en el mismo marco de la causa del magnicidio, se aplique criterio de oportunidad. Estas causas fueron tramitadas ante el Juez Penal, Hugo Sosa Pasmor. (Ver en resoluciones). Quién ejerció la defensa de los testigos falsos de Capiibary fue el actual Diputado Nacional por el partido UNACE el abogado Daniel Fleitas.


Entendemos que los fallos deben ser respetados y cumplidos, pero  la crítica a los mismos es libre, por tanto, nos permitimos considerar que una causa tan transcendente en la historia del Paraguay, merece ser conocida y analizada por todo aquel que se interese en saber la verdad de lo sucedido.-


Es por eso, que resumimos en lo posible  la larga y frondosa investigación realizada,  a fin de facilitar el entendimiento de lo sucedido,  las pruebas diligenciadas y cómo se llegó a las condenas ya dictadas,  y en que momento y circunstancias y con qué agumentos se produjeron los sobreseimientos.    Todo lo que se halla  en este resumen está avalado por documentos, y fueron scaneados los más trascendentes y alzados a esta página, a fin de su comprobación por parte del público. Existen aún muchos datos e informaciones, los cuales iremos agregando a la página, aclarando que en honor a la seriedad y responsabilidad que este trabajo implica, nada que no esté documentalmente respaldado, se expondrá al público. Por tanto, aclarado el motivo de esta página, pasamos a explicar la CAUSA:


Toda investigación judicial se inicia en base a los indicios dejados en el lugar del crimen, y a las presunciones a las que se arriba a través de los indicios. En base a los mismos, se construyen las hipótesis que se siguen en una investigación.


El móvil es determinante en el hecho criminal, ya que nadie comete un crimen o un delito sin  un fin o motivo.  Incluso, los asesinos en serie tienen una motivación psicológica. En este caso en particular, en el que es  asesinado  un político, que se encuentra en la línea sucesoria presidencial, en medio de un clima político enrarecido, es elemental presumir que el motivo es POLITiCO y es lógico suponer que quien lo hizo es quien sería beneficado con el crimen.


Nótese, que con la muerte del Vice Presidente Argaña, se convocó a elecciones en forma precipitada, incluso antes de que oficialmente se confirme la muerte del líder político; con esto se pretendería que Oviedo se presente a las elecciones de Vice Presidente, ganando las mismas, luego asumiria la Presidencia, dado que el entonces presidente Cubas  renunciaría al cargo y así asumiría su hermano siamés Lino Oviedo ( Este grado de sumisión de Cubas Grau a Lino Oviedo fue confirmado por la misma esposa de Cubas Grau, ver la sección grabaciones y filmaciones).  Oviedo estaba totalmente habilitado para presentarse como candidato a la Vicepresidencia, recordemos que El Presidente Cubas lo había Sobreseído por medio de la conformación de un nuevo Tribunal Militar Extraordinario, y el Ministro de la Justicia Electoral Carlos Mojoli lo había reinscripto en el padrón electoral, del cual había sido excluído con la condena militar de 10 años de pena de prisión, por tanto, a la fecha del magnicidio podía  perfectamente competir en elecciones y de esa manera haría realidad su sueño obsesivo.


En este caso en particular, el atentado se produce a media mañana en plena vía pública; se empieza entonces la investigación,  con las declaraciones de los testigos presenciales del hecho,  quienes fueron llevados para prestar declaración y de esa forma, a través de los datos físicos descriptos, elaborar los identikits de los asesinos, e inmediatamente,  asimismo, recabar todos los datos del vehículo Fiat Tempra utilizado en el atentado, que fuera abandonado en las cercanias e incendiado por los sicarios para intentar de esa forma borrar rastros, entre otros, de la chapa utilizada por el rodado.


Esos son los indicios con los que se cuentan y las elucubraciones que se hacen son: ¿quiénes podrían tener interés en matar al Vice Presidente? ¿Quiénes eran sus enemigos? ¿En qué momento se produce? y a partir de ellos se construyen diferentes hipótesis, todas ellas con relación a enemigos o personas interesadas en su muerte, quienes se convierten en sospechosos, hasta tanto los indicios encontrados y cuyas pistas se estaban investigando indiquen el camino para desechar a quienes no pudieron haber tenido participación en el hecho, e imputar a todos aquellos hacia quienes los indicios y presunciones apunten como sospechosos del hecho.- 


A través de la investigación del Fiat Tempra, individualizado por su núemro de chassis y motor, se realiza el seguimiento de los distintos propietarios del mismo y se llega a Héctor Rudy Monges, quién al ser detenido  presentó en su descargo ante el Juzgado, las publicaciones realizadas en el mes de enero de 1999, en la que ofrecía en venta el vehiculo, aclarando que el día 30 de ese mes recibió una llamada a su celular de un comprador, que estaba muy apurado, dejando una seña de trato el sábado, acordando que se firmaria el contrato el día lunes, sin embargo, el día domingo se presentó  para efectivizar la compra y solicitó retirar el vehiculo, para luego llamativamente no presentarse ante la escribana el día Lunes, tal y como se había acordado; también manifiesta que intentó comunicarse con el comprador, comprobando que dicho número no le correspondía a quién dijo llamarse Jorge Acosta, y que tampoco el número de cédula que había proporcionado para la confección del contrato le correspondía.   La Escribana, asimismo, presenta el contrato ante el Juzgado, ratificando lo dicho por Héctor Rudy Monges.  El Juzgado a cargo de la investigación, libra Oficio a la telefonía celular y comprueba que efectivamente Héctor Rudy Mongues, recibió una llamada, ese día sábado de un número de télefono celular personal. En sede policial y luego ante el Juzgado Héctor Rudy Monges y su pareja Erika Marisol Cubilla reconocen a Constantino Rodas, persona con frondosos antecedentes penales, como quién dijo llamarse Jorge Acosta.   Constantino Rodas, en su declaración indagatoria inadvertidamente proporciona un número de teléfono de Telecel, línea que al ser investigada  da como resultado un intenso cruce de llamadas en el horario del magnicidio a ciertos números teléfónicos que también fueron investigados. (Todos estos datos pueden ser verificados en la sección resoluciones en donde se hallan las sentencias y las declaraciones más importanes)


A partir de ahí, se investigan los demás números telefónicos, llegándose al punto de vincular por el cruzamiento de llamadas, todos ellos, con un número de celular que figuraba a nombre de un tal Ranulfo Galeano, quién ante el Juzgado declaró haberle prestado en el mes de noviembre de 1998 su teléfono al Mayor Reinaldo Servín, sin que éste le hubiese devuelto hasta esa fecha.-


Al pedir el extracto de llamadas de este número, se encontrò la comunicación con el entonces diputado por el Unace Rosalino Andino Scavone, quién declaró ante el Juzgado, que el Mayor Servin le había llamado desde ese número y que él lo llamaba a ese número.   Asimismo, se pidió informe a la Escuela de Comando, a la cual asistía el Mayor Reinaldo Servin, encontrándose que éste había proporcionado dicho número de teléfono celular entre sus datos personales, comprobándose por medio de una pericia caligráfica que dicho manuscrito fue escrito de  puño y letra del Mayor Reinaldo Servin.-


Rosalino Andino Scavone, asimismo, manifestó al Juzgado que el Mayor Reinaldo Servin era hombre de confianza de Lino César Oviedo y que había sido nombrado delegado en el Dpto. de Canindeyú por el moviemiento UNACE, a más de fotografías y otras documentales que prueban su estrecha relación con Lino Oviedo.


Asimismo, se prueba la comunicación de Reinaldo Servin al día siguiente del magnicidio al número de teléfono celular de Lino César Oviedo Silva.-


Luego es aprehendido Pablo Vera Esteche, quién confiesa ante el Juez de la causa su participación en el atentado perpetrado sobre la calle Diagonal Molas casi Venezuela.  Proporcionó  datos, que si bien ya eran manejados por los investigadores, por otros medios de pruebas, fueron absolutamente corroborados con la confesión y con la reconstrucción de los hechos, diligencia judicial de la cual participaron los defensores, sin poder refutar tales circunstancias.-


Entre las diligencia desarrolladas en la causa,  se dieron los siguientes reconocimientos de persona:  Luis Rojas fue reconocido plenamente como la persona que disparó contra la humanidad del Vice Presidente Luis María Argaña, por los testigos oculares del hecho, el Dr. Iván Fernando Allende, y  el chofer Victor Raúl Barrios Rey.   Constantino Rodas fue reconocido por Héctor Rudy Monges y  Erika Marisol Cubilla.  Pablo Vera Esteche por la testigo ocular, Catalina Olmedo.  Y por fotografías,  Fidencio Vega Barrios fue reconocido por  Víctor Manuel Rolon Aranda, y la testigo  Myrian Raquel Zarza Barrios, quién aclaró que en principio confundió a Fidencio Vega con Richard Gomez. (ver resoluciones).


Fueron aprehendidos Luis Alberto Rojas y Fidencio Vega Barrios en Buenos Aires - Argentina y en el proceso de extradicción fueron defendidos por el Abogado Osvaldo Peña Alvarez,  perteneciente a un costoso Estudio Jurídico del país vecino.  Se fugaron del Cuartel Central donde se encontraban recluidos, y la fuga fue organizada por un conocido delincuente apodado Tractorcito Cabrera, también cliente de Osvaldo Peña Alvarez.  En publicaciones periodísticas de la época, se destaca que el citado letrado factura en honorarios por un proceso de extradicción la suma de cien mil dolares americanos, (U$S 100.000).    En otras publicaciones, también de la época, se  afirma que Lino Oviedo habría dicho que defendiendo a estos dos- refiriendose a Vera Barrios y Rojas- se defendia a sí mismo.  ( Ver estos datos en la sección publicaciones).-


Fue capturado Luis Alberto Rojas, en ciudad del Este, en principio lo defiende el abogado, Benjamin Riveros y por escrito declara insolvente a su defendido, motivo por el cual, el primero, no podia supuestamente declarar al no contar con el  dinero para las fotocopias del expediente.  La querella se hace cargo de los gastos y proporciona copia completa a la defensa, para que, poco tiempo despues, el costoso abogado Osvaldo Peña Alvarez, deje todos sus casos en la Argentina y se venga a nuestro país para defender exclusivamente a Luis Alberto Rojas, quien se había declarado insolvente.-


Estando Luis Rojas en la Agrupación Especializada ante una denuncia realizada por Pablo Vera Esteche, en la cual manifiesta que estaba siendo hostigado por Rojas para mentir y cambiar su declaración, el Ministerio Público solicita bajo reserva, autorización judicial para grabar a dichos detenidos.   En dicha filmación se escucha a Luis Alberto Rojas ofreciendo y entregando dinero a Pablo Vera Esteche.  Menciona que su mujer (la de Luis Rojas) fue hasta Tape Ruvicha (empresa que pertencese a Conrado Pappalardo), este hecho - la visita de la esposa de Rojas a Tapé Ruvicha- fue confirmado por el Abogado Diego Bertoluchi en el programa radial de la periodista Pepa Kostianosky, aclarando de que el hijo de Pappalardo la había confundido con la esposa del carpintero;  en dicha grabación también Rojas menciona que envió a su esposa junto a Galeano Perrone del partido colorado.  Por medio de gestos se refiere a Lino Oviedo, mencionando que se encontraba en el Brasil, etc, etc.    Se confirma este intento de soborno en un careo que fue realizado ante el Juez de la causa entre Pablo Vera Esteche y Luis Alberto Rojas ( Ver la filmación y el careo en la sección grabaciones).-              


En otras publicaciones bajadas de la propia PAGINA WEB DE LINO CESAR OVIEDO, y que fueran certificadas por Escribanía y agregados a la causa, Raquel Marin, esposa de Lino Oviedo, refiere que se comunicó con el abogado de su marido (Lino Oviedo), el abogado OSVALDO PEÑA ALVAREZ, al momento en que Oviedo fue aprehendido en el Brasil.  (Se pueden obtener estos datos en la sección Publicaciones y Actas Notariales, donde se podrá corroborar lo antes citado).  Según publicaciones  de medios de la República Argentina, y del sumario instruido en averiguación de  los hechos, la fuga habria costado en sobornos a los efectivos de seguridad alrededor de Cien Mil Doláres Americanos. Resulta absolumente llamativo, que Luis Rojas haya sido defendido por el mismo abogado de Lino Oviedo, y además cómo Rojas, siendo insolvente, según sus propias declaraciones, costeó los costosos honorarios de OSVALDO PEÑA ALVARES, quién se traslado  exclusivamente para defenderlo.


Luis Rojas, al igual que Reinaldo Servin y Constantino Rodas es condenado a 25 años de prisión por el asesinato del Vice Presidente Luis María Argaña y Pablo Vera Esteche a 20 años, posteriormente reducido a 18 años por revisión de la Sala Penal de la Corte.


Asume como abogado de Luis Rojas el abogado Pedro Candia, también abogado de Ladislaa Medina viuda de Aguilar, representación ejercida a favor de esta última, conjuntamente con el abogado Hermes Rafael Saguier. ( Ver publicaciones periodísticas) y apela la resolución recaída en Primera Instancia.


Para ese entonces, ya se anunciaba el regreso de Lino Oviedo a nuestro país, se lanza una campaña con relación a la supuesta muerte del Dr. Argaña a las 12:00 horas del día 22 de marzo, en la casa de una amante, en base a "Actas Notariales" y "declaraciones"  " pericias" ( Fabiola Oviedo - hoy diputada nacional- manifestó ante el Juez Carlos Ortiz Barrios y la Fiscal Fátima Britos, que contrataron peritos brasileños) las que son presentadas por la revista Esto Es Paraguay, y se lanza al público, reproduciendo el diario ABC color de Paraguay estas publicaciones en forma sistemática,  cada cierto tiempo. Además de las afirmaciones maliciosas a través de la sección Ñe e Mbeguepe. 


Con estos argumentos, se solicita la apertura de la causa a prueba en segunda instancia y se investiga la supuesta muerte de Argaña en otras circunstancias.  La falsedad de esta versión queda plasmada en el Acuerdo y Sentencia Nro. 58 que refiere que estas publicaciones presentan fotografías QUE NO SON LAS ORIGINALES QUE OBRAN EN LA CAUSA, y que obedecen a intereses oscuros que escapan al conocimiento del Tribunal.  ( Ver sección resolucion).  Se llama a declarar a testigos como "Eduardo Aviles", "Víctor Barios Rey".  Pedro Candia consigue con esto instalar una línea que reproduce la defensa de Oviedo en Primera Instancia.  Presentan publicaciones, ( de ABC color por supuesto), Actas Notariales, de "testigos"como los campesinos de Capiibary, la dueña del inquilinato de Rodas, etc.  Siempre introduciendo la historia de que el crimen no fue cometido por los hoy condenados, y que todo fue una farsa, un montaje para fines políticos.


Nicanor Duarte Frutos, ejerciendo la Presidencia de la República del Paraguay, compite, gana y asume la Presidencia de la Asociación Nacional Repúblicana, Partido Colorado, esto provoca una protesta masiva sin precedentes por parte de la ciudadanía que catapulta como candidato al actual Presidente Fernando Lugo.   Sus aspiraciones no terminan ahí, entonces intenta una enmienda constitucional para obtener su reelección, con tal motivo empiezan las conversaciones con diversos sectores políticos, entre ellos parlamentarios del Unace. La prensa anuncia una posible amnistía en los casos contra Lino César Oviedo.  Al no progresar este plan, (la reelección) Nicanor Duarte Frutos lanza a su candidata Blanca Ovelar para la Presidencia de la Rpca, pero su candidata no consigue captar la simpatía de la ciudadanía. Duarte Frutos, desesperado ante la posibilidad que Lugo llegue al poder y no poder contar con la protección del ejecutivo para que cubriera su retirada del poder, transa con Lino Oviedo (de quien había dicho que fue el asesino del Dr. Agaña), ver publicación de la entrevista realizada por Ultima Hora a Nicanor Duarte Frutos, en la sección publicaciones. A través de los medios de comunicacion, se anuncia el pacto Nicanor-Oviedo, consistente en que Oviedo debía lanzarse como candidato por su partido, para restarle votos a Lugo, así hacer posible la victoria de su candidata Sra.. Blanca Ovelar; por su parte, Duarte Frutos debía arreglarle su situación judicial. Al poco tiempo, la Corte Suprema de Justicia,  a través de un Habeas Corpus, desnaturaliza la propia esencia de la institución, y es más contradice sus anteriores resoluciones dictadas por ellos mismo y dispone otorgarle el habeas corpus a Lino Oviedo.  Dicha libertad, no podía ser efectiva, pues Oviedo se encontraba purgando una condena militar en la prisión de Viñas Cue, por el intento de golpe de estado, en el año 1996.    Siguiendo con su parte de la transa, Duarte Frutos, como Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación,  designa como Pdte. del Tribunal Militar al Cnel. Carlos Liseras, en reemplazo del Gral. Porfirio Ramírez.  Este Tribunal Militar, dependiente del Comandante en Jefe,  en ese entonces Nicanor Duarte Frutos, realiza un conteo interesado de plazos y otorga la libertad condicional por el cumplimiento de la mitad de la condena, con lo que efectivamente Oviedo obtiene su libertad ambulatoria.   Pero como esto no era suficiente,  a través de una revisión de la condena de diez años, la misma Corte Suprema de Justicia que había rechazado recientemente la revisión, en medio de este clima político, hace lugar a la revisión del caso intento de golpe de estado, anulando la condena de diez años.   En un exiguo plazo consigue una cascada de resoluciones judiciales favorables. La Corte Suprema de Justicia en forma apresurada,  incluso decide no tomar todas las declaraciones testificales previstas en el marco de la revisión del caso intento de golpe de estado, dicta resolución y oficia inmediatamente al Tribunal de Justicia Electoral.    El Ministro Juan Manuel Morales, sorpresivamente prolonga el horario de inscripción de candidaturas, que debía ser hasta las 18:00 hs, hasta las 24:00 horas,  a fin de que pueda llegar a tiempo el Oficio de la Corte Suprema de Justicia y  ser inscripta la candidatura de Lino Oviedo, que se produjo alrrededor de las 22:00 horas.    La suerte ya estaba hechada, a partir de ese momento se sabía que los Sobreseimiento de Lino Oviedo en las causas abiertas en su contra eran inminentes; para ese entonces, el Fiscal interviniente en el caso magnicidio, Rubén Villalba,  cambia ciento ochenta grados su postura jurídica, y las pruebas que antes eran consideradas por el mismo contundentes en dictamenes anteriores,  pasaron a no ser suficientes, requiriendo en nuevos dictamenes el Sobreseimiento de Lino Oviedo y de Víctor Galeano Perrone, dictamenes que fueran ratificados por el Fiscal General del Estado Rubén Candia Amarilla.- 


Actualmente, la causa continúa en relación a Fidencia Vega Barrios, e igualmente en relación a la revisión  planteada por el condenado, Reinaldo Servín. Los autores materiales tienen condenas que están cumpliendo, el Mayor Reinaldo Sevin condenado a 25 años de prisión por la muerte del Dr. Argaña, como se se tiene dicho planteó recurso de revisión ante la Corte Suprema de Justicia, en la cual el  Fiscal General del Estado, Rubén Candia Amarilla en un inédito dictamen, manifiesta que corresponde otorgar la revisión de la condena a favor de Reinaldo Servin, diciendo que a pesar de que se encuentra probado por medio de los documentos remtidos por las empresas de telefónica celular del cruce de llamadas de éste (Reinaldo Servin)  con los sicarios de Argaña, antes,  durante y después del crimen, no se remitieron el audio de las conversaciones, por tanto debe primar el principio de inocencia.  Resulta descabellado sostener eso, ya que dichas empresas si grabaran a sus usuarios cometerian un delito, pues sólo está permitida la intervención de las comunicaciones telefónicas por orden judicial. Es impensable pretender que se supiera que estas personas estaban planificando un delito y que se pudiera estar grabando dichas conversaciones.  Si así fuera hoy no estaría muerto el Dr. Argaña, ademas el Ministerio Público sostiene todo lo contrario en otros casos como el de los secuestros, en donde basan su acusaciones en cruces de llamadas, y estas puebas han sido sustento de las condenas judiciales en los casos de secuestro. 


Es de destacar que  los mismos autores de la página web de la Cordinadora de Presos y Perseguidos Politicos del Paraguay, deslizan entre sus frases,  que el Mayor Servín no ha comentado nada aún sobre su presencia casi indudable en el esquema -conexión con los autores materiales-.                            


Por otra parte el condenado Luis Rojas, sicario quién disparo contra la humanidad del Dr. Argaña, intento fugarse de la Agrupación Especializada en el mes de Enero del 2009, y luego se amotinó en el mes de marzo de ese mismo año.  En dicha oportunidad por medios televisivos, Luis Rojas manifestó que ellos (refiriéndose al mismo y los coautores) están cumpliendo condenas, mientras los "otros estan libres" refiriéndose a los autores morales, lanzando de esta forma una velada amenaza de que podría "hablar".   Posteriormente, asume su defensa el abogado Carlos Brítez ( quién manifiesta ante la prensa que es militante del partido Unace y admirador del Gral Oviedo - se alzo el audio a la pág) y consigue el traslado de Luis Rojas a la prisión La Esperanza, prevista para los reclusos que estan cumpliendo los últimos años de su condena y que tienen buena conducta, pues es un penal que no tiene la seguridad necesaria para delincuentes peligrosos como Luis Rojas, quién se escapó del cuartel Central de la Policía en Buenos Aires - Argentina, a más de los intentos de fuga en nuestro país.  Quién concede dicha medida a favor de Rojas es la Jueza de Ejecución, Lourdes Scura, quién fuera recusada por la querella por haber intervenido como defensora de Pablo Vera Esteche, por tanto incursa en las causales previstas taxativamente en el Art. 50 del C.P.P. , que establece claramente que no pueden intervenir como jueces quienes en una causa, quienes fueron parte en la misma, ni quienes fueran defensores, testigos o peritos. Llamativamente esta magistrada no se aparta de la causa, y la Cámara de Apelaciones en lo Criminal Segunda Sala la confirma, para enteder en la misma, a pesar del texto claro de la ley.  Existe una denuncia realizada ante la Superintendencia de la Corte al respecto, como asimismo, una acción de incostitucionalidad contra la resolución dictada por el Tribunal.-    


Todo lo dicho está sustentado por documentos, publicaciones  y pruebas diligenciadas en la causa, a los cuales usted tendrá acceso en esta página; así podrá conocer la verdad de los hechos y quién o quiénes fueron sindicados por la investigación como  autores morales del asesinato del  Vicepresidente de la Rpca. del Paraguay, Luis María Argaña.